martes, 27 de agosto de 2013

Comunicación clara y efectiva: clave para prevenir un conflicto médico-paciente


  • La relación médico-paciente constituye la base de todo acto médico.
  • Los pacientes expresan inconformidades como desinformación o trato inadecuado.






Uno de los motivos que pueden detonar una queja ante la Comisión Estatal de Arbitraje Médico es la mala relación entre el personal de salud y sus pacientes. Esta situación se deriva de una comunicación deficiente, lo cual da como resultado que el usuario perciba que recibió un trato inadecuado en las instituciones de salud, públicas y privadas.

La Carta General de los Derechos de los Pacientes menciona que el paciente, o en su caso, el responsable, tienen derecho a que el médico tratante les brinde información completa sobre el diagnóstico, pronóstico y tratamiento, esto significa explicar con un lenguaje sencillo, sin tecnicismos, cuál es el padecimiento, de qué forma puede evolucionar y cuáles son las posibles alternativas para restablecer la salud.
*Carta de los Derechos Generales de los Pacientes. Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz. CONAMED 2001.

Por otra parte, el documento señala que toda la información debe brindarse con oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente tanto por él mismo como por los familiares que le acompañen. Asimismo, la información debe ser siempre veraz y ajustada a la realidad, esto quiere decir que el personal de salud debe evitar crear falsas expectativas y que  está en su derecho de abstenerse de garantizar resultados de la atención médica.

El no hacer caso de éstas recomendaciones puede ocasionar que el paciente se acerque a la COESAMED para manifestar su inconformidad haciendo referencia a situaciones como: desinformación sobre el tratamiento médico, desinformación sobre el diagnóstico, falsas expectativas o trato inadecuado. Es importante mencionar que, en estos casos, la función de la Comisión es mediar entre las partes para que logren llegar a un acuerdo y resuelvan sus diferencias, pero en ningún momento sanciona a las instituciones o personal de salud pues no fue creada con este fin. Los organismos facultados para ello son las contralorías internas de las instituciones que investigarán y determinarán la sanción correspondiente de acuerdo a sus propios estatutos, políticas y reglamentos internos.

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Comunicado COESAMED 054
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Ditulis Oleh : Unknown // 3:09 p.m.
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