viernes, 18 de abril de 2014

Cómo se resuelven quejas contra particulares

·         Actualmente la capacidad conciliatoria de la COESAMED es de 65%

 

La Comisión Estatal de Arbitraje Médico considera importante recordar que previo a la realización del trámite de queja, el personal de COESAMED brindará al paciente los servicios de Orientación y Asesoría Especializada que requiera y, en caso de ser necesario, gestionará la atención inmediata cuando la queja se refiera a la demora o negativa de servicios médicos.

En este sentido, la Lic. Marcela Hurtado Herrera, Directora Jurídica de COESAMED, explica que, si después de recibir los servicios anteriores, existen razones y motivos para generar una queja, en el caso de la medicina privada, el usuario deberá presentar una narrativa de hechos por escrito, así como identificación oficial y documentos que acrediten la relación médico paciente. También deberá indicar el nombre, domicilio y teléfono del personal médico tratante, señalar lo que pretende al presentar la queja y firmar el documento en el cual la COESAMED registre este trámite.

La Lic. Hurtado Herrera señala que una vez realizado lo anterior, la queja será admitida y entonces se citará primero al prestador de servicios de salud para una audiencia informativa, en la que se le darán detalles, de manera confidencial, del caso en su contra. Posteriormente, y a voluntad de las partes, se les cita a ambas a una audiencia de conciliación: "Se cita al médico, se cita al paciente, se comenta lo que en el momento de la atención quizás no se dijo y en muchas de las ocasiones o en la gran mayoría, sí llegan a conciliar mediante la aclaración del acto reclamado o por medio de algún reembolso."

Comunicado COESAMED 100

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Ditulis Oleh : Unknown // 8:57 a.m.
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